Advierten que aumento de la unidad tributaria en Caracas no cumple con la Ley de Armonización

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El director de Consecomercio y expresidente de la Cámara de Comercio de Caracas, Leonardo Palacios, cuestionó el aumento de unidad tributaria (UT) en Distrito Capital, que pasó de 73,46 bolívares a 93,71 bolívares, lo que equivale 2,97 dólares, según la tasa oficial del Banco Central de Venezuela (BCV).

El gobierno del Distrito Capital de Venezuela, a través de su Servicio de Administración Tributaria (Satdc), anunció un nuevo aumento de la Unidad Tributaria (UT) que rige para los trámites que se realizan en su jurisdicción.

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La decisión la tomó el Servicio de Administración Tributaria (Satdc) del gobierno de Distrito Capital, mediante la Providencia Administrativa Satdc-05-Nº 050, publicada el lunes 14 de agosto. La tarifa está basada en el 5% del precio del Petro y explica que este gravamen se aplica a las actividades comerciales del municipio Libertador.

En ese sentido, Palacios considera que el aumento es “absolutamente extemporáneo y que no se allana a las disposiciones de la recién promulgada Ley Orgánica de Coordinación y Armonización Tributaria de las Potestades de los Estados y Municipios».

El también abogado y experto tributario explicó que «siendo esta una entidad prevista constitucionalmente y legalmente desarrollada debe también buscar la manera de armonizar y coordinar sus potestades tributaria y aquellas exigencias que derivan del ordenamiento jurídico a la ley orgánica mencionada».

Asimismo, enfatizó que la armonización y coordinación tributaria debe ser en general, tanto en municipios como gobernaciones, por lo que el Distrito Capital se adhiere a las disposiciones establecidas en la Ley de Armonización Tributaria.

Esto a los fines de garantizar no solamente la recaudación efectiva: «Brinda la posibilidad de que los contribuyentes paguen sin tener la tentación de la evasión fiscal».

Recordó que desde el sector privado, como Fedecámaras, Consecomercio y Conindustria, han manifestado su «deseo firme» de trabajar en conjunto con el Estado para lograr la estabilización de la economía venezolana, contribuyendo a que todos sus afiliados puedan estar dentro del «esquema de la formalidad que exige un sistema tributario transparente».

Unidad tributaria excesiva

«El concepto de la unidad tributaria del Distrito Capital, en mi criterio y no de la institución al que pertenezco, es que debe estar estrictamente vinculada a las disposiciones de la Ley de Coordinación y Armonización del sistema tributario», ratificó el director de Consecomercio.

Palacios acotó el gobierno de Distrito Capital no debería buscar que la unidad tributaria sea una forma excesiva de tributación que perjudique a los contribuyentes, entiéndase comerciantes, industriales y prestadores de servicios en el municipio Libertador de Caracas.

Los contribuyentes, dijo Palacios, están sometidos no solamente al impacto de impuestos locales -como es el impuesto a las actividades económicas, el impuesto inmobiliario urbano o el impuesto de propaganda comercial-, sino a “un conjunto de tributos de gran importancia que afectan el flujo de caja, como es el impuesto a las actividades económicas, el impuesto del valor agregado, impuesto sobre la renta, el impuesto a las grandes transacciones financieras, los cuales afectan enormemente los precios finales relativos de bienes y servicios, los costos de transacción entre las empresas».

A esto se le añade -según Palacios- un «impuesto indirecto que no está legislado», como es el caso de la inflación en Venezuela.

«El caso de esta unidad tributaria se da tanto para la medición de los tributos como para el caso de la aplicación de las sanciones y esto es un elemento adicional a la nominalidad de exposición que tienen los contribuyentes ante los impuestos antes mencionados», precisó

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