El faraón/chamán/zar/césar

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Visito de nuevo el grupo de artículos que me publicó HISPANOPOST en el año 2019 y, básicamente, como recordatorio para que el embeleso emocional que ha despertado la candidatura de la Plataforma Unitaria Democrática (PUD), para que no desaparezca una realidad que tarde o temprano e indispensablemente habrá que confrontar la Nación. Estas notas consisten  en una propuesta de reforma substancial, profunda y original de la Constitución, que deberá regir a este hoy destartalado y desvencijado país, de modo que le sirva de motor de arranque.

Se ponderará en esta entrega, al faraón/chamán/zar/césar: nada menos que al PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

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Haciendo lo mismo, Venezuela desde 1830, ha tenido el esquema montesquiano en cuanto a la conformación del Estado, con los tradicionales  poderes legislativo, ejecutivo y el siempre desdeñado poder judicial, siempre con desmesura en los atributos del “primer mandatario” (rectius: EL PRIMER SERVIDOR PÚBLICO). Nótense que las funciones generales de este personaje prácticamente corresponden a TODA la acción del Poder Ejecutivo:

Constitución de 1830:

Artículo 117

El Presidente ES EL JEFE DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA REPÚBLICA, y como tal tiene las atribuciones siguientes:

Constitución de 1999:

Artículo 226

El Presidente o Presidenta de la República ES EL JEFE O JEFA DEL ESTADO Y DEL EJECUTIVO NACIONAL, EN CUYA CONDICIÓN DIRIGE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO.

En otros términos de Páez a Chávez, de 1830 a 2020, en doscientos (200) años no ha habido innovación alguna en la distribución de los poderes del Estado y de hecho, el magistrado con la denominación presidente de la república, en atención al cúmulo de atribuciones, resulta ser un faraón, chamán, césar, zar tropical-bananero.

Obviamente esto no puede continuar.

Ante esta horda de chimbos aprendices de brujo, que está depredando el país se debe modificar radicalmente las estructuras que conforman al Estado, comenzando por una desagregación de las funciones de la cabeza del Poder Ejecutivo, en por lo menos un 40% de las mismas, la rotación periódica y parcial de esos órganos segregados al ejecutivo y la designación de jerarcas altamente calificados también por parte del Poder Legislativo, sin censura de parte del presidente, aún cuando pudiera ser consultado y además, sin revisión judicial de las designaciones. 

He adelantado criterio al respecto, el cual ratifico y amplío en este escrito, con la agregación de una gráfica animada (link al pie) que describe a grandes rasgos, el sistema del Estado que propongo, tratando de hacer una clasificación, de mayor a menor, en cuanto a los perversos efectos observados en estos 200 años de vida “republicana”.

Dicha solución general que se propone, consiste, como se ha dicho, en emigrar  hacia un sistema semi-parlamentario.

Será conveniente apelar a un tanto de pragmatismo e implantar soluciones originales, pero ÚTILES. El comienzo civil-republicano regido por la Constitución Matriz de diciembre 1811, lamentablemente fue hecho de lado por el liderazgo carismático de El Libertador; lo que es excusable de alguna manera por las circunstancias que le tocaron vivir, pero que no tuvo un regreso hacia una república liberal-representativa, sino que continuó -parafraseando a Max Weber- con una rutina militarista, carismática, disfrazada de una democracia de caudillaje y cobro de botín, con la entrega de TODA la confianza al líder en sus utópicas visiones de cambio e históricamente sentado sobre bayonetas … lo que pudo haber generado en Bolívar el dictum que se le atribuye y que no aparece en su testamento: he arado en el mar y sembrado en el viento. Y además dando origen, como también señala Max Weber, a un “VULGAR ESTRATO DE PREBENDARIOS”, del que hemos padecido por dos siglos.

a) El mandato presidencial debería ser de OCHO(8) AÑOS, sin reelección absoluta e inhabilitación automática al terminar el mandato, para el ejercicio de cualquier función pública de elección o designación. Este lapso es producto de la experiencia. Recordando: desde la 27a. Enmienda, de la Constitución norteamericana, -la democracia históricamente más Antigua y duradera del mundo-  el Presidente solamente puede ser reelegido por una sola vez. A partir de 1951, se han reelegido esos presidentes, con pocas excepciones, lo cual ha comportado un efectivo y práctico mandato, por los ocho(8) años propuestos; lo cual, por cierto, pudiera no apagar la codicia y el apetito de poder de los candidatos, pero es razonable para un ejercicio del poder.

Veamos qué ha pasado en la historia venezolana: a) José Antonio Páez gobernó un total de 16 años; b) Los Monagas gobernaron por 10 años; c) Guzmán Blanco gobernó un total de 13 años directamente y 7 años por interpuestas personas, para un total de 20 años; d) Carlos Andrés Pérez gobernó por 10 años, interrumpidos por un período; e) Rafael Caldera igual; f) Hugo Chávez gobernó por 14 años seguidos y g) Nicolás Maduro pretende gobernar por 12 años. Estos ejercicios presidenciales arrojan un promedio de ONCE AÑOS Y MEDIO¡!.

De manera que los ocho(8) años propuestos, sin reelección absoluta y con restricciones personales para la sucesión, ES UN LAPSO BASTANTE CONSERVADOR.

Al argumento histórico se debe agregar la forma como se propone instrumentar los mandatos de otros poderes, lo cual se ajusta razonablemente con el período propuesto y racionaliza las funciones y la alternancia y cantidad/costos también de las elecciones parlamentarias y edilicias intermedias;

b) El SUCESOR del faraón, chamán, césar, zar tropical-bananero deberá estar restringido por las causales de recusación-inhibición, similares a las previstas por el Código de Procedimiento Civil; o sea * no podrá tener parentesco de consanguinidad en cualquier grado en la línea recta, ** y en la colateral hasta cuarto grado inclusive, *** o de afinidad hasta el segundo, también inclusive y **** además no podrá haber sido vice-presidente o funcionario de alto rango en el período precedente. Hay que recordar la cómica que, en fraude a la ley, protagonizaron Putin y Medvedev; “urbi et orbi”, una verdadera vergüenza;

c) En cuanto a las condiciones personales del candidato: c.1.- Más de 50 años de edad, de condición civil y estado seglar; c.2.- Sin vínculos ideológicos con confesiones religiosas o con entrenamientos o doctrinas que comprometan su objetividad en el mando; c.3.- CUARTO NIVEL DE EDUCACIÓN ACADÉMICA. Obsérvese esta paradoja: en ningún dispositivo constitucional, se establece que el Presidente tenga que saber leer y escribir ¡! (La Constitución de 1947, si lo disponía). El Estatuto de la Función Pública(art. 3) no se le aplica porque es funcionario de elección, no de nombramiento. La analogía no es un recurso característico de los procesos interpretativos de la Constitución. Entonces: en estos momentos, el Presidente de la República podría ser analfabeto (de hecho los últimos presidentes han sido notables analfabetos funcionales). ¿Por qué Venezuela no tiene derecho a tener un Presidente con el rango académico como mínimo de cuarto nivel (Especialista o Magister o Doctor)?.

c.4.- Lo que sigue es aplicable a los altos funcionarios del Estado: Con todos los ex–presidentes peruanos, dos brasileros y más  de 19 ex–presidentes y altos funcionarios públicos latinoamericanos, presos y/o investigados por corrupción (y los que faltan …), siendo testigos también de la corrupción de variadas especies en España, es necesario hacerse la pregunta:

¿Qué condiciones morales y profesionales tienen;

Quiénes son los sujetos de las ofertas

y de las preferencias electorales?.

d) Tal parece que la voluntad popular tiene una apetencia grosera y  escatológica por los pillos, tramposos aves de rapiña, los susurrantes cantamañanas; y sobre todo, por los incompetentes, que es el primero y principal de los géneros que originan la corrupción de los funcionarios de elección. Y nos volvemos a preguntar ¿Habrá algún remedio o paliativo para sanar tan aberrante tendencia?.

Como no hay nada nuevo bajo el sol, es necesario recurrir a la historia, que indefectiblemente, en lo político conduce a la Atenas y su democracia participativa-directa inicial (realmente el término es ISONOMÍA), con una duración de unos 186 años, desde la época de Clístenes en  508 a.C. hasta  322 a. C., Guerra del Peloponeso contra los espartanos. Los griegos en esa incipiente democracia, ESCRUTABAN EL CARÁCTER INTEGRAL del candidato que se proponía para un cargo público o a quien, por la forma como funcionaba, lo instituían en un cargo de interés público. Porque siempre es mejor la obra que se realiza por quienes son mejores (Aristóteles, Política, Libro I, Cap III). Ese escrutinio o examen previo del aspirante a la detentación del cargo, se llamaba DOKIMASIA, que en castellano se traduce como docimasia o ensayo conocer la composición de los minerales, o bien pruebas que se hacen en medicina forense. La dokimasia griega  incluía tanto la calificación profesional, como la detección de probidad en la vida personal del posible funcionario público.

Pero ¿por qué extrañarse?: En los clubes sociales, estatutariamente se lleva a cabo un severo escrutinio social, ético, familiar y profesional, para quienes pretenden comprar una acción –nadie se queja y todos los postulantes se someten a ello, previamente por escrito-. Esto comienza con la presentación por más de dos socios y la recomendación por unos cuantos más. El aspirante, por escrito, confiere a la Junta Directiva, amplias facultades pesquisitorias en torno a su vida personal y profesional; en algunos casos no se admiten socios divorciados. La resolución del Comité de Admisión o de la Junta Directiva es inapelable y el rechazo es ad nutum, o sea, sin necesidad de justificación, lo cual el pretendiente, incondicionalmente ha aceptado desde el primer momento que se propone adquirir la acción; incluso se compromete a sufragar los gastos de la pesquisa. Como si fuese poco, la solicitud de admisión se hace pública y muchas veces, otros socios impugnan la admisión y la Directiva del Club tiene que admitir el cuestionamiento y negar la admisión.

e) Además, es una práctica MUY FRECUENTE en los procesos de selección de personal en funciones administrativas de control de dinero (incluso en la corrompidísima Rusia), la utilización de un * POLÍGRAFO o detector de mentiras, que como se sabe es un aparato que registra cambios en la presión sanguínea, ritmo de la respiración, sacudidas musculares y demás movimientos involuntarios del cuerpo humano, estableciendo si esas alteraciones responden a determinados resultados o realidades, ** conforme a CUESTIONARIOS O PSICOTESTS QUE DE MANERA CONJUNTA se le someterían  al candidato, para detectar una cierta manera de percibir y reaccionar ante las realidades.

¿Serían los últimos candidatos capaces, intelectualmente, solventes antes del desempeño del cargo, éticamente bien dispuestos. Estuvieron sinceramente dispuestos a cumplir con la Constitución y con las leyes y a no depredar el patrimonio público …?.   

Para visualizar la animación completa debes pulsar la estrella del lado izquierdo de la lamina.

a) La rueda de la derecha se corresponde con el mandato presidencial, que se ha considerado de OCHO(8) años y gira A LA MITAD DE LA VELOCIDAD que las restantes; b) La rueda de la izquierda, que gira AL DOBLE DE VELOCIDAD, corresponde al mandato del congreso o parlamento y el de las municipalidades, que se han dividido en mitades; estas mitades se renuevan cada CUATRO(4) años y permiten reequilibrar las fuerzas políticas a la mitad del período presidencial; c) La rueda central se corresponde con el Consejo Nacional Electoral, al cual se le aplica la misma fórmula de renovación por mitades y gira como la anterior; d) Las periféricas representan órganos clave del Estado que tienen renovaciones cada cuatro(4) años, para refrescar la institucionalidad. En los artículos siguientes se dará la explicación precisa acerca de la composición y operación de los órganos de este nuevo Estado que se propone.

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