Extenista española Arantxa Sánchez Vicario ha sido condenada a dos años de cárcel

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Un juzgado de Barcelona ha condenado a dos años de cárcel a la extenista Arantxa Sánchez Vicario, que no entrará en prisión y a su exmarido Josep Santacana a tres años y tres meses, por urdir una trama para evitar el pago de una deuda de más de seis millones de euros al Banco de Luxemburgo.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, la titular del juzgado del penal número 25 de Barcelona condena a ambos procesados por un delito de alzamiento de bienes, al concluir que descapitalizaron su patrimonio para eludir el pago de la deuda que tenían con el Banco de Luxemburgo por el préstamo que se les concedió para pagar una multa de 5,2 millones por fraude a Hacienda.

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Por ese motivo, además de las penas de multa impuestas, que suman 5.400 euros en el caso de Sánchez Vicario y 7.650 en el de Santacana, la sentencia les obliga a indemnizar al Banco de Luxemburgo con los 6,6 millones de euros de la deuda impagada.

La sentencia acuerda suspender el ingreso en prisión de Sánchez Vicario, quien ya en el juicio alcanzó un pacto con la Fiscalía para lograr una rebaja de condena a cambio de confesar el delito, siempre que no reincida en un período de dos años y pague la indemnización fijada.

La acusada, recuerda la sentencia, adujo que no tenía «ningún conocimiento relativo a la gestión de bienes y que siempre lo ha confiado a terceras personas, primero a sus padres y a partir de su matrimonio en noviembre de 2009, a su exmarido».

El proceso de Santacana

Respecto a Santacana, que en principio sí tendría que cumplir la pena de prisión, la jueza cree que está «sobradamente acreditado» que fue la persona que gestionó el patrimonio de su esposa desde que asumió el control del mismo e «ideó y llevó a cabo las operaciones de despatrimonialización que comportaron la imposibilidad de pagar la deuda contraída con la querellante».

La jueza añade que Josep Santacana, «tenía conocimientos (puesto que había trabajado en el sector inmobiliario) e interés directo en esa gestión, en su posición de marido de la titular», además de ser la persona «de máxima confianza» de la deportista.

«En nada exime a Arantxa Sánchez Vicario que no se hiciera cargo directo de la gestión, puesto que evidentemente tenía pleno conocimiento de lo que se hacía con su patrimonio y estuvo disfrutando del mismo (…), pero no tenía capacidad ni conocimientos para dirigir las operaciones de despatrimonialización», añade la sentencia.

Fuente: EFE

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