Este 06 de julio, el presidente de Colombia, Iván Duque, promulgó la nueva ley que reforma el artículo 34 de la Constitución sobre las penas a violadores de niños.
Mediante sus redes sociales el jefe de Estado reseñó que «esta norma y la reforma constitucional se logró con trabajo interinstitucional, en equipo, con propósito de país por nuestra niñez».
Si la ley no es derogada antes, debido a demandas por «inconstitucionalidad», Colombia entraría a la lista de los 183 países que aplican la cadena perpetua también por traición a la patria, narcotráfico o terrorismo.
Esta ley reglamenta la prisión perpetua revisable y reforma el Código Penal, el de Procedimiento Penal y el Penitenciario y Carcelario para considerar la cadena perpetua como excepcional y únicamente aplicable a modalidades en que el niño, niña o adolescente sea víctima de «homicidio en modalidad dolosa y/o acceso carnal que implica violencia».
El mandatario explicó que la norma permitirá hacer una revisión de la pena de prisión perpetua, en un plazo mínimo de 25 años, para imponer una pena temporal tras evaluar el proceso de resocialización.
Sin embargo, la pena no podrá ser inferior al máximo de prisión establecido de 50 años, y en caso de concurso de 60 años.
Con información de DW