Por primera vez en la historia de Colombia, un animal no humano acaba de ganar en última instancia un pedido inapelable de habeas corpus concedido por la Corte Suprema de Justicia. Chucho, un oso andino de anteojos de 18 años de edad, debe salir en forma inmediata de una jaula del zoológico de Barranquilla, en el que está prisionero como atracción pública, y regresar a la reserva natural a la que pertenece.
Esta decisión, expuesta en 35 páginas, que le devuelve la libertad a un ser viviente que no tiene categoría humana, es obra del magistrado de la Sala Civil Luis Armando Tolosa Villabona y se incorporó como criterio general a la jurisprudencia y la doctrina que se utilizarán en adelante para examinar y decidir sobre casos semejantes en todos los despachos judiciales y gubernamentales del país.
Ética y ontológicamente, los derechos no pueden ser patrimonio exclusivo de los humanos, dispuso Tolosa Villalba valerosamente en su histórica sentencia.
En América solo existe un antecedente: Sandra, una orangután que llevaba 20 años presa en un zoológico de Argentina y recientemente recibió en una corte el beneficio de la libertad, gracias a la intervención de una asociación que decidió luchar por los derechos de ella. La causa en su favor alegó que mantiene lazos afectivos, razona, siente, se frustra con el encierro, toma decisiones, posee autoconciencia y percepción del tiempo, llora las pérdidas, aprende, se comunica y es capaz de transmitir lo aprendido.
La corte que dirimió el caso le concedió el estatus de persona no humana, con derechos básicos; determinó que estaba injustamente privada de la libertad y ordenó su traslado a una reserva en Brasil, donde hoy disfruta de un ambiente de libertad relativa en compañía de otros animales no humanos de su propia especie.
Sandra nació en un zoológico alemán que la vendió al de Buenos Aires cuando tenía nueve años de edad para servir de atracción pública y así estuvo, entre una jaula, hasta cuando la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales invocó satisfactoriamente en su nombre un recurso de habeas corpus, antiguo instrumento jurídico instituido para reclamar la libertad de humanos cuando han sido privados injustamente de la libertad.
Chucho, por su parte, nació en cautiverio y cuando era todavía un osezno en la reserva natural La Planada extremo sur del país fue trasladado a la reserva de Río Claro, en los Andes centrales colombianos. Llegó junto con otra pequeña, llamada Clarita, como parte de un programa de repoblamiento de la especie, que está en vías de extinción. Se hicieron inseparables y vagaron juntos por el bosque hasta cuando ella murió hace cerca de nueve años como consecuencia de un cáncer de cerviz y él siguió viviendo en soledad.
Quienes defendieron el traslado de Chucho al zoológico de Barranquilla, ciudad caribeña sin ninguna característica andina, alegaron que lo hicieron debido a que la viudez supuestamente lo había vuelto depresivo, más sedentario de lo habitual y pasivo, como consecuencia de lo cual alcanzó un estado de sobrepeso que, dijeron, podría llevarlo a una muerte súbita. La verdad, no obstante, fue que el oso había comenzado a salir a buscar comida por fuera de la cada vez más reducida reserva natural en la que vivía y la solución más fácil que encontraron en vez de quitarle la vida fue desterrarlo y reducirlo a la infame estrechez de un calabozo de zoológico.
El triunfo judicial de Chucho lo consiguió el abogado Luis Domingo Gómez Maldonado. Su pretensión fue rechazada por un tribunal de primera instancia con argumentos que fueron destruidos definitivamente en la decisión final e inapelable de la Corte Suprema.
El habeas corpus de Chuco es un reconocimiento del estado colombiano a los derechos de los animales, consagrados en una ley pionera de año pasado y en la Declaración Universal de los Derechos de los Animales (consultarla aquí); en la jurisprudencia alemana y en el caso de Elsa, así como en fundamentos científicos y filosóficos de reconocimiento universal.
El magistrado Tolosa Villabona consignó en su sentencia que los animales sí son sujetos de derechos y para ello no necesitan tener deberes recíprocos. Repasó el historial del antiguo Código Civil, en el que los animales tuvieron la categoría de cosas, como también ocurrió con las personas de raza negra y las mujeres, sobre las que sus dueños tuvieron el derecho de disponer de sus vidas.
Una parte del veredicto en favor de Chucho, dice: El humano es un animal que pare, nace, respira y muere como tal, es una realidad natural. El nuevo análisis de nuestra racionalidad y autoconciencia y del desarrollo humano, debe partir, entonces, de no ignorar nuestra condición de seres vivos y animales.
En el examen del caso, el magistrado se pregunta: ¿Por qué no otorgar personalidad jurídica a otras realidades verdaderamente animadas, sintientes y vivas, más allá de la apreciación del tradicional deber humano de protección de la naturaleza como objeto?.
Los animales deben estar libres de incomodidad, sin hambre y sed, libres para desplegar los comportamientos naturales, agrega.
El pronto regreso de Chucho a su bosque andino, debe tener la garantía para él de que no sufrirá hambre ni sed, ni malestar físico ni dolor injustificadamente. El Estado colombiano deberá preocuparse de que no le sean provocadas enfermedades por negligencia o descuido. No podrá ser sometido a condiciones de miedo ni estrés. Debe permitírsele, por autoridad de la ley, que pueda manifestar su comportamiento natural.
Mientras escribo esta columna, me informan que otro oso de anteojos fue capturado en un bosque andino y permanece enjaulado en un zoológico del pueblo de Tibasosa Boyacá, donde los turistas pagan para verlo, hundido en la tristeza. Lo mismo que millares, tal vez millones, de animales no humanos que sufren en Colombia maltrato, encierro, hambre, sed y dolor.
La sentencia de Chucho, en esencia, es para todos. Aunque solo será acatada si los animales humanos se lo reclaman a las instancias judiciales, policiales, militares y gubernamentales de un país que en su Constitución Política se proclama como estado social de derecho.
El caso de Chucho acaba de extender una gama ilimitada e implícita de caminos a la libertad para innumerables animales no humanos condenados sin causa al encierro y al sufrimiento abusivos. Puede ser también el inicio en Colombia del final de los presidios conocidos con el nombre de zoológicos.
