Régimen oficializa creación del Cuerpo Nacional contra el Terrorismo

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A través de un comunicado público la ONG Acceso a la Justicia, alertó sobre la creación del Cuerpo Nacional contra el Terrorismo, la cual fue oficializada por el régimen de Nicolás Maduro mediante un decreto publicado en la Gaceta Oficial.

“Frente a la crisis humanitaria que vive el país producto de la catástrofe económica y social, y ante la grave amenaza del coronavirus, el régimen de Maduro responde con más políticas de control y represión, tras la creación del denominado Cuerpo Nacional Contra el Terrorismo, según decreto n.º 4.135 del 27 de febrero de 2020, publicado en Gaceta Oficial n.º 41.828 de la misma fecha, y que estará adscrito al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz”, precisan.

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Advierten que el Cuerpo Nacional Contra el Terrorismo, según se lee en el decreto, se crea bajo la orientación del Plan de la Patria, instrumento ideológico del chavismo, con la finalidad de “proteger, investigar, combatir y sancionar, de manera sistemática y mediante políticas integrales, los fenómenos delictivos ligados a la corrupción, la delincuencia organizada, el narcotráfico y el terrorismo”.

Para Acceso a la Justicia el decreto en cuestión es preocupante, fundamentalmente, porque está inspirado en las mismas políticas represivas que en los últimos años se ha implementado contra las personas, especialmente a partir de 2015, mediante la creación de los cuerpos llamados Operación de Liberación del Pueblo (OLP), Fuerzas de Acciones Especiales (FAES) o los Cuadrantes de Paz, entre otros.

De hecho, el decreto presidencial faculta expresamente al Cuerpo Nacional Contra el Terrorismo para efectuar operaciones tácticas necesarias para “prevenir, reprimir, neutralizar y combatir” los delitos arriba señalados.

Por otra parte, también abre un amplio margen de discrecionalidad para que el mencionado órgano administrativo determine el origen y la procedencia de los capitales emergentes de las personas -naturales y jurídicas- que estén ligados a los delitos arriba señalados (artículo 4.5), así como para ejecutar órdenes de captura y aprehensiones contras las personas naturales, además de practicar inspecciones y allanamientos (artículo 4.7).

Finalmente, Acceso a la Justicia, indican que “en definitiva, el decreto n.º 4.135 del 27 de febrero de 2020 se suma a las acciones represivas y la política de terrorismo de Estado que el régimen de Maduro aplica contra la población, situación que, sin duda, agravará aún más la violación de los derechos humanos. de las personas en Venezuela”.

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