Estas son las operaciones exentas del pago del impuesto a las transacciones en divisas

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Ante las medidas económicas dictadas recientemente en el país, respecto a la y la aprobación de la reforma a la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF), que incorpora el cobro de una alícuota de 3% sobre las transacciones en divisas o criptomonedas, independientemente de que sean realizadas por personas naturales o jurídicas, y reducción del encaje legal de 85% a 73%, el economista de la firma Ecoanalítica, Luis Arturo Bárcenas analiza el alcance e impacto de ambas decisiones gubernamentales.

Señaló que existen operaciones en divisas exentas del impuesto, básicamente en las que interviene un banco como operador cambiario. Es decir, cuando la persona cambia en el banco los dólares por bolívares esto no implica impuestos porque sería una venta en divisas en donde el banco actúa en nombre del BCV, y todas las operaciones con el BCV están exentas de impuestos, al igual que todas las operaciones donde se venden bolívares por dólares o se compran dólares por bolívares.

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Apuntó que hay bancos que ofrecen tarjetas de débito en bolívares asociadas a cuentas en divisas, en donde cada vez que el usuario pasa la tarjeta por un punto de venta es una venta automática de las divisas que posee en su cuenta corriente en moneda extranjera y se carga al negocio en particular. “Entonces, si las empresas tienen acceso a este servicio será un medio para, legalmente, no enfrentar los mayores costos de pagar en divisas empleando la banca nacional”, indicó.

Bárcenas aseguró que las operaciones donde se efectúan pagos directamente desde el exterior en Venezuela no se ven afectadas por el impuesto. Esto es pagos por Zelle o por tarjetas internacionales otorgadas por un banco venezolano con sucursal en el exterior.

Sin embargo, resaltó que hay que tener precaución en el empleo de este método de pago, porque es potestad de los bancos extranjeros clausurar cuentas si detectan actividades irregulares de sus depositantes. En tal sentido, migrar completamente los medios de pago hacia el Zelle puede ser tomado como posible lavado de dinero o legitimación de capitales y corren el riesgo de que le cierren la cuenta, subrayó.

“A pesar de que esta medida comienza a correr a partir de marzo, todavía puede que estos procesos tarden. No es fácil para el gobierno detectar las operaciones que se dan de manera informal, que se pagan en efectivo. No está claro si las mayores alícuotas a los pagos en efectivo hará que la gente bancarice por completo sus divisas y emplee solo el sistema financiero para pagar bienes y servicios con esas divisas, y todavía no hay un proceso de facturación claro expresable en bolívares, pero pagaderos en dólares. Todavía hay muchas empresas que no tienen ese mecanismo de facturación, ya ordenado desde la reforma de ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en 2020, en la que se ordenaba especificar en qué moneda se pagaba, por más que la factura siempre debía ir expresada en bolívares”, comentó.

El economista detalló que con la aprobación de la reforma a la Ley de IGTF puede haber negocios o locales que fijen un tipo de cambio de divisa más discrecional al publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV) al momento en que la persona quiera pagar en dólares, pero convirtiéndolos a bolívares.

En tal sentido, resaltó que una de las formas de evitar el impuesto es pagar en bolívares. “Esto lo pueden enfrentar las empresas al momento de pagarles a sus proveedores, por ejemplo. Inclusive si las empresas acuden a mercados informales para adquirir algún tipo de mercancía sin reportar la facturación correspondiente, lo cual expone a las mismas a penalidades legales”, explicó.

Respecto a la reducción del encaje legal, aseveró que sí pudiese permitir “cierto alivio” en las empresas, particularmente en cuanto a las restricciones de crédito se refiere. “Esos nuevos créditos deben tomarse con mucho cuidado a la hora de usar este financiamiento, ya sea para adquirir divisas o para apalancar otro tipo de actividades, y es porque los créditos aun cuando provengan de la reducción del encaje o de 10% de los depósitos en divisas que ordenó el Ejecutivo nacional, todavía siguen indexados al tipo de cambio, es decir, cuando el tipo de cambio aumenta, la deuda adquirida con el banco tiene a aumentar. Por ende, el costo del crédito puede incrementar en la medida en que el tipo de cambio oficial se incremente, en otras palabras, no va a haber crédito barato”, puntualizó.

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