Un Tribunal Administrativo Federal de Suiza falló a favor de la Secretaría de Estado de Migración y negó hoy el permiso de residencia al exviceministro de Hugo Chávez, Nervis Villalobos según informó TDG.
La Secretaría de Estado de Migración tenía derecho a denegar el permiso de residencia a Nervis Gerardo Villalobos Cárdenas y su familia. El Tribunal Administrativo Federal considera que la recepción del exministro venezolano podría amenazar el orden y la seguridad en Suiza, así como dañar su reputación.
El exviceministro de Energía del gobierno de Chávez, Villalobos Cárdenas presentó una solicitud para él, su esposa y su hijo, ante la Oficina de Población y Migración de Ginebra en 2016. Esta última ha remitido un dictamen favorable a la Secretaría de Estado de Migración. (SEM), por motivos fiscales en particular, pero el argumento no convenció al SEM.
Ante un recurso de apelación, el Tribunal Administrativo confirmó la decisión. En sentencia publicada el miércoles, señaló que Villalobos Cárdenas es objeto de un proceso judicial en relación con casos de corrupción y lavado de activos en varios países. Negocio que encontró una amplia cobertura en los medios.
La Oficina Federal de Policía (Fedpol) también emitió una opinión negativa, señalan los jueces de St. Gallen. Dijo, en particular, que las autoridades fiscales extranjeras presentaron varias investigaciones sobre el exviceministro. Además, Estados Unidos está llevando a cabo procedimientos de extradición en su país de residencia.
Para el alto tribunal administrativo, la SEM no abusó de su poder de revisión. Tuvo en cuenta tanto el interés público como el del demandante. Concluyó que su presencia podría poner en peligro el orden y la seguridad de Suiza.
Además, la SEM consideró que a Suiza no le interesaba aceptar a personas sujetas a las acusaciones antes mencionadas en su territorio, de lo contrario su reputación podría verse empañada.
Los elementos tomados en cuenta por la SEM son suficientemente concretos para justificar una denegación, concluye el Tribunal Administrativo Federal. Esta sentencia es definitiva y no puede apelarse ante la Corte Suprema Federal. (sentencia F-2303/2019 de 23 de febrero de 2021)