Las mujeres, las más olvidadas del sistema penitenciario en el país

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    Madres con bebés sin poder lactar a sus hijos. Mujeres sin derecho a ejercer su sexualidad, sin poder utilizar toallas sanitarias cuando tienen el periodo y tampoco a realizarse exámenes médicos periódicos. Esta es, en resumen, la realidad de las presas que están en los calabozos policiales de Venezuela a la espera por un cupo de traslado a una cárcel.

    Aunque los centros de detención preventiva solo tienen capacidad para albergar a personas por un lapso de 48 horas mientras son trasladadas a tribunales, en la práctica el retardo procesal y el hacinamiento carcelario retrasa el proceso que puede superar los tres años.

    Un informe presentado este 18 de marzo por la ONG Una Ventana a la Libertad revela cómo en las comisarías venezolanas, que se han convertido en cárceles paralelas, no hay ningún cumplimiento del llamado debido proceso de la población reclusa femenina.

    “El debido proceso es absolutamente obviado en la práctica diaria en la vida dentro de las prisiones, cárceles y centros transitorios de detención. La palabra de la ley ha sido devaluada por la práctica abusiva del incumplimiento de las normas, leyes y reglamentos en casi todas las prácticas oficiales, comenzando por el cumplimiento de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. De acuerdo con las organizaciones de la sociedad civil que trabajan la problemática de las prisiones y las y los reclusos, las mujeres constituyen 6% del total de las personas presas en el país”, refiere el estudio.

    En el informe se especifica que el trabajo fue realizado por el equipo de investigación de Una Ventana a la Libertad en centros de detención preventiva que están ubicados en 15 estados, bajo la coordinación de la psicóloga social y criminóloga Magally Huggins. La metodología de la investigación fue cualitativa y con perspectiva de género.  

    Uno de los hallazgos del estudio fue determinar que la principal causa de ingresos de mujeres a las prisiones se debe al tráfico o venta de drogas ilícitas, la segunda es la extorsión y, en tercer lugar, hay casos de internas que aseguran ser inocentes, sin embargo, argumentan haber sido apresadas por la vinculación con sus parejas que sí están implicados en delitos. “Estas mujeres afirman que no solamente ellas, sino muchas de las que se encuentran recluidas en cualquiera de los diferentes centros, son mujeres inocentes inculpadas por su compañero de vida o su esposo, quienes delinquen y las acusan o simplemente las utilizan en especial en el tráfico de drogas, sin su conocimiento o participación voluntaria”.

    El coordinador general de Una Ventana a la Libertad, Carlos Nieto Palma explica que el único castigo para las personas que están implicadas en delitos es la privativa de libertad. El experto en derechos humanos advierte que “las mujeres presas en Venezuela están invisibilizadas (…) Todo el mundo se ocupa de los hombres presos y nadie habla de las mujeres presas que están sufriendo de muchas carencias”.

    Sin derecho a la sexualidad

    El estudio de la ONG Una Ventana a la Libertad expone varios casos con este patrón, entre ellos, el de una reclusa en el estado Nueva Esparta que tuvo su tercer hijo producto de su relación con un Guardia Nacional dentro del penal Centro Penitenciario Femenino de la Región Insular. “Al quedar embarazada, el convenio se rompió. Pero ella decidió tener al niño. Desde entonces ya han pasado más de dos años. Espera ser beneficiada con una medida de libertad y no tener que ser separada de su bebé”.

    La investigación también hace referencia a las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas sobre los Derechos Humanos de la población reclusa femenina, que son conocidas como las Reglas Bangkok. Aunque la Regla 27 señala que, en caso de que se permitan las visitas conyugales, las internas tendrán el mismo derecho que tiene la población penitenciaria masculina. Sin embargo, en el país no se permiten estas visitas porque no se reconoce el derecho al ejercicio de la sexualidad femenina, lo cual genera conductas sexuales que pueden ser realizadas para satisfacer una necesidad, se advierte en el estudio.

    Abusos y discriminación

    “Registramos intercambio de comida y seguridad a cambio de favores sexuales. ¿Cómo llamaríamos este tipo de relaciones sexuales? ¿Estrategia de sobrevivencia? ¿Abuso de poder? Violencia de género pues sólo por el poder de él, ella podía tener seguridad dentro de la prisión, lo cual es deber del Estado proveerla sin nada a cambio. Y este caso no es una excepción. También sabemos de casos de violaciones por prisioneros o miembros de la cobertura de seguridad de los anexos o prisiones”, señala el informe.

    Las presas entrevistadas denunciaron falta de agua constantemente, tanto para tomar como para su higiene personal, lo cual es considerado un problema crónico en las cárceles de Uribana y en la de Fénix, ambas ubicadas en el estado Lara. El estudio detalla que estas prisiones carecen de suministro de agua por tuberías y sólo se surten con camiones cisternas.

    “Es decir, las condiciones en este anexo femenino parecerían no tener nada que envidiarle a los centros de detención preventiva. En relación con el anexo femenino del Centro Penitenciario Fénix se encuentran 195 mujeres reclusas todas cumpliendo sentencia, contrario a lo que podríamos esperar por los retrasos procesales que son constante queja de las demás reclusas. En este anexo la información del número de reclusas proviene de «la Pastoral Penitenciaria de Barquisimeto que pertenece a la Arquidiócesis de Barquisimeto, quienes todos los domingos ofician misa en el lugar y están en constante trabajo dentro de la Comunidad Penitenciara»”, detalla el informe.

    Una de las conclusiones del  es que la “libertad es un derecho y hay que construir ciudadanía en los centros de reclusión, ya sean cárceles o prisiones, a partir del respeto al otro u otra en todas las facetas de la vida cotidiana en reclusión, a fin de hacer de la ciudadanía una estrategia reeducativa para el futuro”. 

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