A través de la circular 00009, la Superintendencia Nacional de Valores (SUNAVAL), ente adscrito al Ministerio de Economía, Finanzas y Comercio Exterior, informó que con el propósito de estimular la participación de los ciudadanos en el mercado de valores, ha decidido flexibilizar los requisitos para la apertura de cuentas de corretaje bursátiles.
Las personas naturales podrán abrir dos tipos de cuentas, la primera con un umbral de inversión de dos mil bolívares digitales al mes y la segunda para montos mayores al establecido anteriormente.
“Para la apertura de las cuentas de corretaje bursátil ( CCBU ), en este nivel, exclusivo para personas naturales, el umbral de inversión se establece hasta en Dos Mil Bolívares digitales (Bs.2000) mensuales. A tal efecto, para la apertura de la CCBU, los requisitos a recabar por las Sociedades de Corretaje de Valores y casas de bolsa son los siguientes:
- Copia de la cédula de identidad del solicitante; vigente o vencida.
- En caso de ser extranjero, copia del pasaporte.
Las cuentas CCBU para umbrales mayores a los dos mil bolívares tienen los siguientes requisitos para su apertura:
- Copia de la cédula de identidad del solicitante; vigente o vencida.
- En caso de ser extranjero, copia del pasaporte.
- Copia del Registro Único de Identificación Fiscal (RIF) vigente del titular.
- Informe de atestiguamiento de ingresos, emitido por un contador público, cuando se trate de personas que trabajen de manera independiente, o una Constancia de Trabajo, cuando se trate de personas bajo relación de dependencia.
En relación con los requisitos para la apertura de una Cuenta de Corretaje Bursátil, para personas jurídicas, serán los previstos en el artículo 46, de las Normas Relativas a la Administración y Fiscalización de los Riesgos Relacionados con los Delitos de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo, Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva y Otros Ilícitos, Aplicables a Sujetos Regulados por la Superintendencia Nacional de Valores.
Finalmente, la circular firmada por Carlos Enrique Herrera Martínez, Superintendente Nacional de Valores, advierte que la solicitud de documentos adicionales puede ocurrir dependiendo del comportamiento del inversionista y de las señales de alerta que puedan surgir al momento de las inversiones.