El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) desestimó este miércoles el recurso de la vicepresidenta de Venezuela, Delcy Rodríguez, contra las sanciones que le impuso la UE en 2018 al considerar que socavó la democracia y el estado de derecho en el país.
El Tribunal rechazó también los recursos interpuestos por otros diez funcionarios del gobierno de Nicolás Maduro, incluido el vicepresidente de Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv), Diosdado Cabello.
Por otra parte, aceptó el recurso del secretario general del Consejo Nacional Electoral (CNE), Xavier Moreno Reyes, al considerar que la decisión de la UE de incluirle en la lista de sancionados no estuvo suficientemente fundada.
Rodríguez alegó ante el Tribunal que el Consejo de la UE incurrió en «errores manifiestos de apreciación» al momento de examinar las funciones que desempeñó como vicepresidenta de Venezuela, así como la «falta de indicios precisos y concordantes o bien de pruebas concordantes» a la hora de sancionarla.
Las sanciones impuestas contra las doce personas próximas a Maduro implicaban la prohibición de entrar en territorio comunitario y la congelación de los bienes y activos que tengan en la UE.
Por su parte, Cabello argumentó que el Consejo de la UE «incumplió» su obligación de motivar las sanciones, que «violó» el principio de buena administración y «vulneró» sus derechos de defensa, en concreto a una tutela judicial efectiva, y su derecho a la libertad de expresión.
Sin embargo, el TJUE, tras «proceder a un examen pormenorizado de la situación específica de los recurrentes», decidió desestimar sus recursos.
Los demás funcionarios a los que se les desestimó sus recursos son Tibisay Lucena, expresidenta del CNE; Antonio Benavides Torres, jefe de Gobierno del Distrito Capital; Maikel Moreno, presidente del Tribunal Supremo de Justicia; y Tarek William Saab, fiscal General.
La lista también la integra Sandra Oblitas, ex vicepresidente del CNE; Katherine Harrington, vicefiscal general; y Socorro Hernández, miembro del CNE.
No obstante, los jueces sí aceptaron el de Moreno Reyes, al considerar que el Consejo de la UE «no ha podido probar que fuera él» quien aprobara las leyes del CNE de Venezuela, que según la UE habían menoscabado la democracia en ese país y, «en particular», de contribuir a la institución de la Asamblea Constituyente de 2017 que los países europeos consideraron ilegítima.
«La firma del secretario general que se coloca, sin margen de apreciación, en las decisiones del CNE no tiene otro fin que el de controlar su fidelidad a las conclusiones adoptadas por los miembros de dicha institución y el respeto de las exigencias jurídicas formales en el momento de su adopción», dijo el TJUE.
«Por otra parte, el secretario general no participa en la elaboración de las posiciones del CNE ni tiene influencia alguna sobre el contenido de las decisiones de este», dijeron los jueces de la corte.
En tal sentido, Moreno Reyes «no puede ser considerado responsable de las decisiones del CNE que, según el Consejo, menoscabaron la democracia en Venezuela».
Fuente: EFE
