La CPI puede acusar y condenar a cualquier funcionario venezolano

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Desde que comenzó en Venezuela el proceso que Hugo Chávez bautizó como la “revolución bolivariana”, el poder judicial ha aprobado un gran número de fallos que, según expertos, no se ajustan a las leyes y mucho menos a la Constitución, sino que están sustentados en decisiones políticas.

Según el libro “El TSJ al servicio de la Revolución”, escrito por Antonio Canora González y otros tres autores, en Venezuela desde 2004 hasta 2013, “las distintas salas del máximo tribunal del país, ejecutaron más de 45 mil sentencias que beneficiaron a las administraciones tanto de Hugo Chávez, como de Nicolás Maduro”.

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Esta situación ha provocado que los ciudadanos pierdan la confianza en la justicia venezolana y, por ello, acudan luego de agotar las instancias nacionales, a organismos como la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) o la Corte Penal Internacional (CPI) con el fin de buscar un resarcimiento, que por lo general es negado en el país, por razones estrictamente políticas.

Ante este escenario de injusticia e impunidad, HispanoPost entrevistó a la abogada constitucionalista y experta en Derecho Internacional, Milagros Betancourt, quien aseguró que los organismos internacionales de justicia ya tienen la vista puesta en Venezuela y tarde o temprano aquellos funcionarios que hayan cometido violación de derechos humanos y delitos de lesa humanidad tendrán que enfrentarse ante ellos.

-¿Cómo se inicia una investigación en la Corte Penal Internacional?

-El Estatuto de Roma prevé tres formas para que se abra una investigación sobre la situación de un determinado país. La primera es que un Estado miembro remita la situación de otro Estado a la Corte, para que eventualmente se pueda abrir una investigación. La segunda forma es que el Consejo de Seguridad de la ONU remita un caso y entonces el Fiscal proceda a abrir la investigación. En este contexto solo tenemos dos casos que es el de Libia y el de Sudan. La tercera forma es que el Fiscal de oficio, por su propia iniciativa, decida ocuparse de la situación de un país y abrir lo que se llama el examen preliminar.

-¿Venezuela tiene abierta alguna investigación en la CPI?

-Hasta la fecha Venezuela no tiene abierta ninguna investigación en la CPI, sin embargo, en el año 2018 la Fiscal en el cargo, quien tiene el monopolio de la acción penal, decidió atender la situación de Venezuela y abrir un examen preliminar, circunscribiendo la acción en los hechos acontecidos en las protestas contra el gobierno del año 2017. Posteriormente, se da la remisión de seis Estados sobre la situación de Venezuela, ya que hicieron suyo el informe realizado por expertos de derechos humanos de la OEA, entonces se juntaron dos de los mecanismos para abrir el examen preliminar.

-¿Cuándo se podría afirmar que Venezuela está siendo investigada por la CPI? 

-Hasta tanto no culmine el examen preliminar, que no tiene un lapso establecido, no se puede decir que el Estado venezolano tiene un proceso penal en la CPI.

Betancourt asegura que uno de los puntos negativos de la justicia internacional es la excesiva burocracia en los referidos organismos. Aclara que es una manera de controlar tanto la actuación de los fiscales, como los pasos que se dan tanto en el proceso de investigación y también en el juicio.

-¿Los funcionarios que ostentan el poder político en Venezuela podrían ser juzgados en la CPI?  

-El Estatuto de Roma establece un término denominado ?La improcedencia del Cargo Oficial?, que se encuentra establecido en el artículo 27, el cual señala que ?las inmunidades y las normas de procedimientos especiales que conlleve al cargo oficial de una persona, con arreglo al derecho interno o al derecho internacional, no obstarán para que la Corte ejerza su competencia sobre ella?. Ya existe un precedente y el actual presidente de Sudan está siendo investigado, y no ha podido ser procesado, porque no se ha materializado la orden de captura en su contra.

-¿Cuál es la diferencia entre los procesos abiertos en la CIDH y la CPI?

-La gran diferencia que existe entre las dos instancias de justicia es que la CIDH procesa al Estado, porque recordemos que el único que puede violar derechos humanos es el Estado. Sin embargo, la gran ventaja de la Corte Penal Internacional es que los procesos son individuales. Si la investigación arroja que la cabeza del gobierno cometió delitos de lesa humanidad, entonces serán procesados él y toda su cadena de mando. Cuando ya las denuncias identifican a los funcionarios que cometieron estos delitos, existe la posibilidad de que se haga justicia y que las personas que cometieron estos actos atroces paguen. sentenció.

La jurista aclaró que la Corte Penal Internacional hoy en día tiene competencia y jurisdicción en Venezuela. En primera instancia porque el país suscribió el Estatuto de Roma y también porque los crímenes internacionales no están tipificados en nuestra legislación.

“En el código penal venezolano no existe el crimen de genocidio, tampoco están tipificados los crímenes de lesa humanidad. Los crímenes de guerra, más o menos están establecidos en el Código de Justicia Militar. El Estatuto de Roma privilegia a las jurisdicciones internas. Son los Estados los que tienen que juzgar a su gente, ahora si estos Estados no quieren o no pueden, debe proceder la Justicia Internacional”, argumentó.

-¿Los venezolanos podemos creer en la justicia internacional?

-Sí, podemos confiar en la justicia internacional, solo tenemos que esperar que el procedimiento avance. Hasta el año pasado era impensable que en la Corte Penal Internacional se abriera un examen preliminar sobre Venezuela, pero los hechos de 2017 fueron tan dramáticos y hay tanta evidencia que está allá en la Corte, de que efectivamente aquí hay eventualmente la comisión de crímenes de lesa humanidad, que la Fiscal se vio en la obligación de abrir el examen preliminar. Entonces eso es un gran paso y mientras más documentación tenga, será mucho mejor porque ella tiene la obligación de revisarlos..

Milagros Betancourt calificó como positivo el envío del Informe de la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos de la ONU a la CPI. “Aunque no se demuestra una responsabilidad individual, por primera vez se especifican cargos, como por ejemplo, el del Fiscal General de la República y el del Defensor del Pueblo, que estarían omitiendo algunos de los procedimientos necesarios para investigar violaciones de derechos humanos. La corte tiene muchos bemoles, no ha sido fácil su funcionamiento, la burocracia internacional de alguna manera afecta, pero yo sí creo que la presión internacional permitirá que se concrete una investigación, y si hay elementos suficientes, los responsables serán acusados y condenados, respetando siempre todos sus derechos fundamentales”. 

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