Más de 30 organizaciones no gubernamentales, entre las cuales están la Sociedad Venezolana de Infectología, así como ciudadanos y hicieron público este 5 de noviembre un comunicado donde piden que los niños menores de 12 años no sean vacunados en el país hasta que no se conozca la seguridad de las vacunas a aplicar en esa población.
En el documento los firmantes también exigen que ningún menor de edad de 12 años en adelante sea inmunizado sin el previo consentimiento por escrito de su representante.
En HispanoPost compartimos el documento completo:
Los ciudadanos, entes y organizaciones que suscribimos la presente comunicación nos dirigimos al país y a los representantes de los Poderes Públicos Nacionales ante el inicio de clases simultáneo, con jornadas de vacunación contra la COVID-19, en la población comprendida entre trece y diecisiete años, y el reciente anuncio del Presidente de la República de extender esta vacunación al grupo comprendido entre tres y doce años.
Observamos con inquietud
PRIMERO. La ausencia de una gestión planificada y efectiva que garantice un plan oficial nacional de vacunación contra la COVID-19 ordenado, acorde con criterios de priorización y basado en análisis de riesgo y vulnerabilidad de las personas. Exigencia que ha sido reclamada desde la sociedad organizada ante el Ministerio del Poder Popular para la Salud y la Defensoría del Pueblo en varias oportunidades.
SEGUNDO. Que la apertura de los centros educativos no ha contado con un plan de apoyo por parte de las autoridades educativas y de salud. El reinicio de clases presenciales en el subsistema de educación básica en todos sus niveles (inicial, primaria y media) no se ha hecho en condiciones que garanticen la seguridad y la protección de niñas, niños y adolescentes y de su grupo familiar.
TERCERO. Que el Ejecutivo Nacional no consultó a las instituciones académicas, sociedades científicas, gremios, padres y representantes ni a la sociedad en general sobre las medidas y condiciones en que debería producirse un regreso a clases seguro, sin poner en riesgo a la población involucrada. Lo que hubiese contribuido a que estas decisiones pudiesen haber sido el resultado de un proceso participativo que condujese a construir consensos sobre el carácter y contenido de estas decisiones.
Consideramos necesario tomar en cuenta que
PRIMERO. Los venezolanos tenemos derecho a: a) disponer de información confiable sobre el desarrollo de vacunas seguras y efectivas para ser utilizadas en los distintos grupos poblacionales, así como a conocer el tipo de vacuna administrada; b) que se cumplan los procedimientos y protocolos sobre el uso de vacunas, lo que comienza por su aprobación por la autoridad sanitaria correspondiente; en este caso, el ministro del poder popular para la salud, previo dictamen de la Junta Revisora de Productos Farmacéuticos; c) tener información confiable y oportuna sobre el curso de la pandemia, a fin de adoptar las decisiones que su desarrollo amerita; d) un plan oficial nacional de vacunación actualizado, lo que permitiría el ejercicio de la controlaría social consagrada en el artículo 62 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO. El regreso a clases presenciales debió haberse hecho bajo el estricto cumplimiento de los protocolos de bioseguridad, funcionamiento regular de los servicios públicos, especialmente en los planteles educativos oficiales, que atienden al 80% de niñas, niños y adolescentes provenientes de los sectores más depauperados de nuestra población. De igual manera, debió haberse reactivado el Programa de Alimentación Escolar, así como un plan de recuperación de la infraestructura y dotación de las instituciones educativas, y de todo el ámbito de protección del estudiante, la familia y el personal docente. En el marco de estas condiciones, debió garantizarse de manera expresa la inmunización del estudiante, familia y personal docente, previo al reinicio de las clases presenciales, para el caso de la población comprendida entre los 13 y 17 años.
TERCERO. En Venezuela están disponibles las vacunas SINOPHARM y SINOVAC, que ofrecen seguridad y niveles de protección potenciales altamente beneficiosos, en contra de la COVID-19. Estas vacunas, pese a no contar con la autorización de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para ser utilizadas, en condiciones de emergencia, en poblaciones entre 12 y 18 años, han sido ensayadas exitosamente, en estos grupos poblacionales, en países de América Latina y a nivel mundial. Sobre la base de estos hechos, no objetamos que sea aprobado su uso por las autoridades sanitarias venezolanas, en el grupo de edades comprendidas entre 13 y 17 años, siempre que se dé cumplimiento a lo que el ordenamiento jurídico nacional señala en materia de autorización de uso de productos farmacéuticos, en situaciones de emergencia.
CUARTO. El caso de la vacunación del grupo poblacional de menores, entre tres y doce años, merece atención especial; a la fecha actual, la OMS todavía no ha autorizado ninguna vacuna contra la COVID-19 para menores de 12 años; la autorización más reciente es la adoptada por la Administración de Alimentos y Medicamentos de los EE. UU. (FDA, por sus siglas en inglés), el 3 de noviembre de 2021, al aprobar el uso de emergencia de la vacuna de Pfizer-BioNTech en menores de 5 a 11 años. Ahora bien, solo en la medida que obtengamos más información de los resultados de los ensayos clínicos de vacunas, en este grupo poblacional, estaremos en capacidad de recomendar se extienda la vacunación contra la COVID-19 a este grupo etario; máxime cuando sabemos que es poco probable que la sola vacunación en adultos frene la cadena de transmisión del virus en la comunidad. Los datos recientemente publicados muestran que los niños y adolescentes están ahora propagando la enfermedad en sus comunidades y hogares, por ello no dudamos en mostrar nuestro acuerdo en que se iniciase la vacunación en los grupos etarios entre 13 y 17 años, sin dejar de tener presente que los programas de vacunación contra la COVID-19 están guiados principalmente por dos principios fundamentales: 1.Proteger a los más expuestos y vulnerables contra la enfermedad grave y muerte, y 2. Cortar la cadena de transmisión del virus en la comunidad; la implementación de esta medida en este grupo etario, aunque justificada, no debe hacerse a expensas del primer objetivo.
QUINTO. El Estado venezolano debe considerar los riesgos que implica una flexibilización prolongada en el escenario de una dinámica epidémica de intensidad creciente, por lo cual es importante generar las condiciones para el cabal cumplimiento de las normas de bioseguridad como una medida fundamental que garantizará el éxito de las actividades de prevención y vacunación emprendidas.
Demandamos
PRIMERO. Incorporar las recomendaciones emanadas desde las Academias, Sociedades Científicas y otras organizaciones de la Sociedad Civil para trabajar coordinadamente con estos actores en el abordaje de la pandemia, con el fin de alcanzar una visión comprensiva del regreso a clases en este contexto, que garantice la protección de la familia venezolana ante la COVID-19 y el derecho a la información de la población.
SEGUNDO. Que el Estado garantice la vacunación de los mayores de 12 años, con vacunas seguras como la Sinopharm que están utilizando en los adultos, con el previo consentimiento Informado, por escrito, de los representantes. En cuanto a los menores de 12 años, no se debe iniciar la vacunación hasta no contar con suficientes evidencias del uso seguro de vacunas aprobadas en estas edades y también con el consentimiento informado, por escrito, de sus representantes. Bajo ninguna circunstancia se les debe aplicar productos experimentales, lo cual sería violatorio de los derechos de los niños, a tenor de lo dispuesto en las declaraciones, instrumentos, tratados y pactos internacionales más significativos en materia de Derechos Humanos, incluidos los que garantizan de una manera específica los derechos de niñas, niños y adolescentes, los cuales tienen jerarquía constitucional y son de aplicación inmediata, conforme se desprende de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de otras disposiciones previstas en el derecho interno, como la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, además de las normas y protocolos de investigación científica en niños, niñas y adolescentes.
Finalmente, invitamos a las organizaciones, comunidades educativas, asociaciones de padres y representantes, gremios, sindicatos y asociaciones que realizan actividades en los sectores educación y salud, y a otras organizaciones de la sociedad civil, a que se incorporen en la defensa de los intereses superiores de niñas, niños y adolescentes, en materia de educación y salud. Y a los padres y representantes a vacunar a sus adolescentes, mayores de 12 años y a vacunarse ellos. Atender este llamado permite contribuir al desarrollo de hogares autoprotegidos contra la COVID-19 y protectores de los menores de 12 años, si los hubiere en la familia. La vacunación familiar podría convertirse en una excelente forma de prevenir y evitar complicaciones y casos graves causados por la COVID-19.
Suscriben:
Organizaciones:
Academia Nacional de Medicina
A. C. Médicos Unidos de Venezuela
Alianza Venezolana Por La Salud
Colegio de Enfermería del Distrito Capital
Colegio de Licenciados en Educación del
estado Carabobo.
Federación de Trabajadores
Sindicalizados de la Educación
(Fetrasined)
FENASOPADRES capítulo ARAGUA
Fundación Mavid Carabobo
Médicos Unidos de Venezuela
Capítulo Carabobo
Médicos Unidos Venezuela
Capítulo Guárico
Médicos Unidos de Venezuela
Capítulo Uruguay
Monitor Social A. C.
Movimiento de Educadores Simón
Rodríguez
Sindicato de Profesionales de la
Docencia-Colegio de Profesores Yaracuy
(SINPRODO-CPV-Yaracuy)
A. C. Casa del Nuevo Pueblo
A. C. Mujeres de Frente
Caracas Ciudad Plural
Colegio de Enfermeras(os) del estado
Carabobo
EXCUBITUS Derechos Humanos
en Educación
Federación Nacional de Sociedades de
Padres y Representantes FENASOPADRES
Fe y Alegría
Médicos Unidos de Venezuela
Capitulo Ciudad Bolívar
Médicos Unidos de Venezuela
Capítulo Mérida
Médicos Unidos Venezuela USA
Movimiento Ciudadano Dale Letra
Padres Organizados de Venezuela
Red de Madres, Padres y Representantes
Red de Sociedades Científicas Médicas
Venezolanas
Sinergia
Sindicato de Trabajadores
SintraEnseñanza Carabobo
SINVEMACA
Sociedad Hominis Iura (SOHI)
Sociedad Venezolana de Obstetricia y Ginecología
Sociedad Venezolana de Salud Pública
de la Enseñanza
SINTRAENSEÑANZA
Sociedad Venezolana de Infectología
Sociedad Venezolana de Puericultura y Pediatría
Unidad Democrática del Sector Educativo (UDSE)
Individualidades:
Adelfa Malpica Dommar
Alicia Ponte-Sucre
Alfredo Conde Mujica
Andrés Barreto Ruiz
Antonio Machado Allison
Blanca Elena
Christian Rivas Graffe
Flor Pujol
José Esparza
Herman Scholtz
José R. Cazorla
Juan Tortolero
Keila hernandez
Liliana Peña R
Luzmila Leal
Mabel Mundó
Maleisi Núñez Medina
María Eugenia Grillet
María Auxiliadora Villarroel Beretta.
Mariela Ramírez
Mireya Goldwasser
Mónica Tirado
Robzayda Marcos Vera
Saúl Jiménez Beiza
Yllen Guerra
Yoselyn Medina Hernández
Xiomara Conde Mujica
Zaida Silva
Adelba Taffin
Alicia Villamizar
Andy Delgado Blanco
Argenis Millán
Benito Gómez
Carlos Rodríguez
Carmen Cecilia Gómez
Claudio Bifano
Gladys Mogollón
Huníades Urbina-Medina
José Félix Oletta López
Julio García
Leyla Ortiz
Luis Guillermo Padrón
Margarita Lampo
Ma. Corina Pinedo O
Maico Garibello
María Soledad Tapia
Noelbis Aguilar
Nohe Ramos
Omar Vergel
Pablo Pulido M.
Reina Sequera
Yiniba Ortega
Yusra Guevara
Vanessa Granadillo
Wuillcar Pérez