Tibisay Lucena preside el CNE de forma ilegitima

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La rectora Tibisay Lucena Ramírez desde el mes de enero del año 2019, viene ejerciendo el cargo de presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), de forma ilegitima ya que fue designada por el Tribunal Supremo de Justicia de manera irregular desde el año 2014 hasta el 2018.

La denuncia fue realizada por la organización civil Súmate, quien explica que hasta la fecha el órgano electoral no ha informado públicamente o a través de la Gaceta Electoral, la designación del nuevo presidente y vicepresidente del CNE.

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Súmate recuerda que, en el año 2014, el Tribunal Supremo de Justicia designó a Tibisay Lucena, a Sandra Oblitas y a Luis Emilio Rondón como rectores, así como a seis rectores suplentes, luego de que la Asamblea Nacional, de mayoría oficialista para ese año, se declarara en omisión legislativa para designar a los rectores con períodos vencidos, como parte de una estrategia para favorecer a los diputados de la bancada del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) en su afán de controlar el CNE.

En ese momento, organizaciones ligadas al ámbito comicial alertaron que la actuación sincronizada entre los organismos del Estado, irrespetaba el principio democrático de la independencia de los Poderes Públicos.

Posteriormente, en el año 2016, se repitió la estrategia PSUV-TSJ, mediante la cual este último declara en desacato a la Asamblea Nacional, impidiendo el debido proceso para la designación de dos nuevos rectores y sus respectivos suplentes.

Súmate considera que el directorio del CNE debe dar cumplimiento a lo establecido en las leyes electorales, recordándole que nuestra Constitución Nacional vigente (1999) establece el precepto de que el ejercicio del Poder Público acarrea responsabilidad civil por abuso o desviación de poder o por violación de la Constitución o de la ley (Art. 139).

CNE omite rendir cuentas

En otro orden de ideas, explican que desde el año 2013 el CNE viola el artículo 16 de la Ley Orgánica del Poder Electoral (Lope) al no consignar ante la Asamblea Nacional la rendición de cuentas y el balance de la ejecución presupuestaria correspondiente.

Según la normativa, el Poder Electoral está en la obligación de cumplir con esta formalidad dentro de los sesenta (60) días posteriores al vencimiento del ejercicio anual, es decir, el lapso de entrega del informe del 2018 se venció en el mes de marzo de 2019.

Súmate, en su labor de Contraloría Electoral Ciudadana, una vez más recuerda al órgano electoral sobre la obligación de rendir sus cuentas ante la legítima Asamblea Nacional.

Es importante destacar que esta omisión por parte del CNE representa un desacato al Poder Legislativo, al no reconocerlo como órgano de control sobre el gobierno y la Administración Pública Nacional, lo cual queda en evidencia con la negativa de publicar en la Gaceta Electoral los resultados de las elecciones legislativas, que se realizaron en el año 2015, como lo ordena el artículo 155 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales. 

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TAGS: #CNE #Súmate #PoderElectoral TibisayLucena 

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